domingo 12 de septiembre de 2010

Nulidad de inscripción del Partido Descentralista Fuerza Social

La ciudadana Jessica Sandra Motta Espinoza ha interpuesto con fecha siete de setiembre ha interpuesto ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, un recurso de nulidad contra la inscripción de la lista de candidatos a la Municipalidad Metropolitana de Lima del Partido Descentralista Fuerza Social, argumentando que las elecciones internas las realizaron antes de conseguir su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones lo cual se produjo con fecha 30 de junio del presente año y el proceso electoral interno se realizó el 12 de junio del 2010 cuando todavía no se encontraba inscrito este partido político ante el organismo dependiente del Jurado Nacional de Elecciones.
· Etapas Del Proceso Electoral
La Resolución N°247-2010-JNE que aprueba el reglamento de inscripción de listas de candidatos para las elecciones municipales y regionales del año 2010 establece las siguientes etapas:
ü Presentación de solicitudes para la inscripción de candidatos.
ü Calificación de las solicitudes.
ü Publicación de las solicitudes.
ü Periodo de tachas.
ü Inscripción de las solicitudes.
Desde la etapa de calificación hasta la inscripción son preclusivas, es decir, terminan una vez vencido el plazo y no se pueden retornar a ellas. Habiendo cumplido con estas, la lista del Partido Descentralista Fuerza Social.
· Recurso De Nulidad
En esta etapa del proceso electoral no existe el recurso de nulidad, lo que existe es:
ü Formulación de Tachas.
ü Apelación del afectado o del solicitante.
· Calificación Del Recurso De Nulidad
Conforme a los establecido en el artículo 213° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el error de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que del escrito se deduzca su verdadero carácter, el Jurado Electoral Especial está facultado a calificar el escrito presentado como solicitud de Tacha, debiendo declararlo improcedente por extemporáneo al haber precluído las etapas del procedimiento.
· Elecciones sin que el Partido Descentralista Fuerza Social esté inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones.
La Resolución N° 120-2008-JNE de fecha 28 de mayo del 2008 – Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas establece lo siguiente:
ü TITULO:
Documento formal que sustenta la inscripción de un acto jurídico en el Registro.
ü ARTÍCULO 3° Actos posteriores inscribibles.
En asientos sucesivos se inscriben los actos que varíen, amplíen o modifiquen los términos del primer asiento o asientos precedentes y la cancelación de la inscripción en su caso.
Los efectos de los asientos registrales, se retrotraen a la fecha y hora de presentación del Título.
ü ARTÍCULO 24° Inscripción.
Aceptada la solicitud, verificados los requisitos de Ley y vencido el plazo para formular tacha, sin que ésta se haya formulado, o ejecutoriada la resolución recaída en la tacha planteada, la OROP emite la resolución respectiva y el asiento de inscripción del movimiento regional abriendo una partida electrónica. La OROP entrega al movimiento regional un ejemplar del asiento de inscripción, para su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Asimismo entrega un ejemplar de la Resolución para ser publicada en el diario de los avisos judiciales de la región en donde llevará a cabo sus actividades.
(…)
ü Como se ve, el título es el documento posterior a la inscripción y cualquier acto que se produzca posteriormente se retrotrae a la fecha de presentación del título más no a la presentación de la solicitud de inscripción.
ü Al haberse realizado las elecciones internas con fecha 12 de junio del 2010, estas no tendrían ningún valor legal, toda vez que su inscripción como agrupación política en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones se produjo el 30 de junio.
· Cronograma Electoral
Conforme al artículo 22°de la Ley de Partidos Políticos, las elecciones internas de candidatos a cargo de elección popular en los partidos políticos y movimientos regionales, se debió haber realizado entre los 180 días calendarios anteriores a la fecha de elección y 21 días antes del plazo para la inscripción de los candidatos, es decir, del 6 de abril al 14 de junio.
· Nulidad de Oficio
El Jurado Especial de Lima Centro como el Jurado Nacional de Elecciones en aplicación de los establecido en el artículo 202° de la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General y el artículo 176°, última parte del Código Procesal Civil, puede declarar la nulidad de oficio de la inscripción del Partido Descentralista Fuerza Social, dependiendo de esto del criterio de conciencia que es atribución del Sistema Electoral.
Debo precisar que el Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 2099-2010-JNE de fecha primero de setiembre resuelve declarar fundado el recurso de apelación interpuesto contra el candidato a alcalde por el distrito de San Borja del Partido Popular Cristiano – PPC – Unidad Nacional, revocando la resolución emitida por el Jurado Especial de Lima Oeste que declaró fundada la tacha interpuesta y de oficio excluye a la tercera candidata a regidora invitada por exceder la cuota de invitados, cuando esta persona no fue materia de tacha ni apelación en ningún momento. En igual sentido la Resolución N° 2201-2010-JNE de fecha seis de setiembre del 2010 resuelve declarar fundado el recurso extraordinario por afectación al debido proceso y fundado el recurso de apelación interpuesto contra el candidato a alcalde por el distrito de Punta Hermosa, revocando la resolución emitida por el Jurado Especial de Lima Sur que declaró fundada la tacha interpuesta y de oficio excluye al quinto regidor invitado por exceder la cuota de invitados, cuando esta persona no fue materia de tacha ni apelación en ningún momento, con lo que se demuestra que puede actuar en el presente caso.
Espero que éste análisis jurídico que he realizado a raíz de la situación presentada no se pretenda decir que es para perjudicar la candidatura de la lista del Partido Descentralista Fuerza Social, o para beneficiar candidatura alguna, nuestro análisis es estrictamente en base a la Ley y de acuerdo a los hechos que se han puesto de conocimiento público.
Julio César Castiglioni Ghiglino


domingo 5 de septiembre de 2010

JNE debe ratificar tacha contra Francis Allison

En la últimas horas he escuchado comentarios y leído artículos en el sentido que el Jurado Electoral Especial de Lima – Oeste, se habría excedido en sus atribuciones al declarar fundada la Tacha interpuesta contra el candidato a la alcaldía del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Francis James Allison Oyague, por la Organización Política “Magdalena Avanza”.

Llama mi atención, toda vez que en los casos de Luis Valdez Villacorta, candidato a la alcaldía del Concejo Provincial de Coronel Portillo; Luis Cáceres Velásquez, candidato al Concejo Provincial de Arequipa; Alex Kouri Bumachar candidato al Concejo Metropolitano de Lima y Absalón Vásquez candidato a la presidencia del Gobierno Regional de Cajamarca, que han tenido mayor repercusión.

En otros casos de Martha Inés Calderón candidata a Consejera Regional de Tacna; Luciano Alfredo Boggio, candidato a Vicepresidente del Gobierno Regional de Ica; Juan Martín Villalobos y Paulo César Cahuana candidatos a consejeros regionales al Concejo Regional de Tacna; Daysi Díaz Jiménez Dinnissen, Phill Nick Rammces Ochoa Rodríguez y Trician Elvira Wong Aspajo, candidatos a regidores al Concejo Distrital de Punchana; Santiago Enrique Paz López y Fredy Franco Yovera Espinoza, candidatos a Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Piura; Roy Manuel Flores Cano, candidato a regidor del Concejo Distrital de Chirinos-Cajamarca, por citar algunos casos fueron tachados por no reunir el requisito de vecindad, las mismas personas señalaban que la posición del Jurado Nacional de Elecciones era la correcta, que debería continuar en esa línea en aras del fortalecimiento institucional del máximo organismo electoral y por ende de nuestro sistema democrático, hoy pretende echar sombras sobre él.

No alcanzo a comprender por qué para algunas personas, lo que es negro en otros casos similares o iguales quieren convertirlo en blanco, eso me da una sola lectura que no se defienden principios sino personas, que no se defiende el sistema democrático sino intereses personales y que no se defiende el sistema electoral sino intereses de grupos. Y para ello buscan cualquier argumento, como: que el resultado de la tacha beneficiará a uno u otro candidato.

La conducta de las personas de principios no está en función de ver a quién beneficia el resultado sino de establecer una línea divisoria en quienes cumplen los requisitos para postular y quiénes no y después de ello si son dignos de ser elegidos candidatos en los puestos para los cuales se postulan.

La Resolución N° 1157-2010-JNE, establece (…) Del mismo modo, no debe perderse de vista el objetivo o finalidad de la normativa precitada que exige el requisito del domicilio para desempeñar un cargo municipal la cual apunta a garantizar que los candidatos tengan un contacto permanente previo y continuo por 2 años con la circunscripción a la cual postulan a fin de que puedan conocer la problemática y necesidades de su localidad y que, justamente por ello, puedan generar un legítimo interés en ejercer cargos públicos en representación de ella (…) En aplicación de dicho criterio, el potencial candidato debe acreditar que tiene la posibilidad de generar una vinculación física con la circunscripción por la cual postula, esto es, que, de manera habitual, ha fijado su lugar de residencia o aquel en el que ejerce sus ocupaciones dentro de dicho ámbito (…) Por ello, para postular como candidato a una determinada circunscripción se requiere residir de manera habitual o desempeñar ocupaciones habituales en dicha localidad, tanto al momento del cierre de inscripción de las listas de candidatos como con una continuidad de dos años anterior a dicha fecha. Por ello, actualidad y continuidad por un periodo de 2 años son los requisitos concurrentes que debe acreditar todo candidato a un cargo municipal (…) Frente a ello, se puede verificar que, en aplicación de las atribuciones otorgadas por el artículo 138 de la Constitución Política del Perú, el Segundo Juzgado Supra provincial, como órgano jurisdiccional competente, evaluó la situación del ahora candidato y dictó un mandato de detención en su contra, mandato que, según información proporcionada por el Instituto Nacional Penitenciario, se procedió a ejecutar inicialmente en la ciudad de Pucallpa, dentro de la provincia de Coronel Portillo (desde el 19 de marzo de 2009) y, posteriormente, con fecha 25 de abril de 2009, fue trasladado a la ciudad de Lima y recluido en el establecimiento penitenciario Miguel Castro Castro hasta el 2 de agosto de 2010 (…) Dicha restricción a la libertad personal del candidato constituye una medida legítima, debido a que emana de autoridad competente, en el marco de una investigación penal en curso, en aplicación de la competencia otorgada por el artículo 135 del Código Procesal Penal actualmente vigente (…) En tal sentido, se puede constatar que, por la naturaleza y complejidad del delito imputado al candidato (delito de lavado de activos), en el que se le atribuye la conducta dolosa de ocultamiento de ingresos de procedencia ilícita con finalidad de otorgarle una apariencia final de legitimidad, se genera una especial vinculación de Luis Valdez Villacorta con el proceso penal que se le sigue en la ciudad de Lima, en el marco del cual se dictó el mandato de detención por autoridad competente. De ello, se deriva que le resulta atribuible el supuesto objetivo de residir de manera habitual en la ciudad de Lima y, por ello, de no tener la posibilidad física de residir bajo ningún supuesto en la provincia de Coronel Portillo, circunscripción por la cual pretende postular como candidato. En ese sentido, y al margen de que si se trató o no de un acto voluntario, su domicilio fue modificado, al cambiarse su lugar habitual domiciliario y su desempeño de ocupaciones habituales de la provincia de Coronel Portillo a la ciudad de Lima (…) Por tanto, a criterio de este Pleno, de lo anterior se deriva que el candidato no se encontró de manera continua en la provincia de Coronel Portillo durante el periodo de 2 años que exige la normativa vigente para postular a un cargo municipal (…)

La Resolución N° 1490-2010-JNE, establece (…) De acuerdo con lo establecido en el artículo 6, numeral 6.2 de la Ley de Elecciones Municipales, en concordancia con el artículo 5 numeral 5.2, literal b, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, aprobado por Resolución N° 247-2010-JNE, constituye un requisito para ser candidato a un cargo municipal domiciliar en la provincia o en el distrito donde se postule, cuando menos 2 años continuos antes del 5 de julio de 2010, siendo aplicables, en caso de domicilio múltiple, las disposiciones del artículo 35 del Código Civil (…) En el presente caso, se advierte que el sustento de la tacha es que el candidato José Luis Cáceres Velásquez no habría domiciliado en la provincia por la cual postula durante el periodo de dos años continuos, al encontrarse prófugo y en calidad de no habido ante la emisión de una sentencia condenatoria en su contra. Frente a ello, este Pleno constató que la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, con fecha 24 de noviembre de 2005 (rectificada por resolución aclaratoria de fecha 25 de noviembre de 2005), emitió una sentencia por el delito de cohecho pasivo impropio en perjuicio del Estado peruano, por la que condenó al mencionado candidato a 4 años de pena privativa de libertad efectiva (…) Es así que, ante la existencia de una sentencia condenatoria firme en su contra, por una circunstancia únicamente imputable a la persona del tachado, como es la comisión de un delito, no puede presumirse que el domicilio consignado en su DNI, ni aquella que figura en los padrones electorales anteriores constituya prueba de continuidad y permanencia por el periodo exigido en la normativa electoral; máxime cuando obran informes de funcionarios públicos, con fecha cierta, declarando que José Luis Cáceres Velásquez se encontraba no habido en la circunscripción de Arequipa. Por tal motivo, en el presente caso, correspondía al tachado acreditar que domiciliaba dentro de la circunscripción territorial a la que postula, por lo menos 2 años continuos al 5 de julio de 2010 (…) En consecuencia, a criterio de este Colegiado, los documentos presentados en autos no permiten generar convicción de que el candidato José Luis Cáceres Velásquez domiciliaba en la provincia de Arequipa cuando menos 2 años continuos, con anterioridad al 5 de julio de 2010; por lo que corresponde estimar la apelación formulada.

La Resolución N° 1531-2010-JNE, establece (…) Habiéndose alegado que uno de los domicilios fijados por el candidato Alexander Martin Kouri Bumachar es su domicilio fiscal en la provincia de Lima, en su modalidad de ocupación habitual, por lo que una de las cuestiones controvertidas es si dicho candidato puede acogerse al domicilio múltiple, resultando pertinente el determinar si el domicilio fiscal es una modalidad del mencionado domicilio (…) El en presente caso, el Sistema de Información de Procesos Electorales – SIPE, la misma que es abastecida, entre otros, por la base de datos del Reniec, observó la candidatura de Alexander Martín Kouri Bumachar en cuanto a su residencia, arrojando que no cumplía con el requisito de la fecha mínima de la residencia en la provincia de Lima, registrando un cambio de domicilio el 4 de junio del 2010 y siendo su ubigeo anterior la Provincia Constitucional del Callao (…) Finalmente, en autos el candidato Alexander Martín Kouri Bumachar no ha alegado haber realizado labor docente en la provincia de Lima, única excepción a su ex cargo de presidente del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, además, tampoco ha argumentando ni ha acreditado alguna ocupación habitual en la provincia de Lima, por ende, dicho candidato no cumple con el requisito de haber domiciliado durante dos (2) años continuos en la provincia de Lima; por consiguiente, por los argumentos ante expuestos, corresponde revocar la resolución impugnada.

La Resolución N° 1803-2010-JNE, establece (…) Este Colegiado considera necesario remarcar que, según lo establecido por el artículo 178, inciso 4, de la Constitución Política del Perú, es el Jurado Nacional de Elecciones la entidad encargada de administrar justicia en materia electoral (…) Por ello, ninguna autoridad o funcionario se encuentra legitimado para avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones, tal como lo señala el artículo 139, inciso 2, de la Constitución Política del Perú, al existir un proceso en curso, como es el proceso electoral de Elecciones Regionales y Municipales 2010 (…) En ese sentido, la evaluación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para que determinado ciudadano participe como candidato en un proceso electoral corresponde únicamente a este organismo electoral, cuyas funciones deben ser respetadas por los demás órganos, entes u organismos estatales, máxime ante la vigencia del principio de preclusividad, que rige indefectiblemente los procesos electorales en curso (…) Dichas funciones, como ya se indicó, le competen, en estricto, a este ente electoral, en aras de una adecuada distribución de las funciones entre los organismos del Estado, de conformidad con el principio de corrección funcional y la distribución funcional del poder, que se propugna en un Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Ello en mayor medida cuando la justicia electoral constituye uno de los instrumentos para reducir la complejidad social, y a la vez, permite que el Estado sea la expresión políticamente adecuada de la sociedad (…) De igual manera, debe indicarse que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en diversos pronunciamientos, tales como el Caso Yatama vs. Nicaragua (sentencia de 23 de junio de 2005) o el Caso Castañeda Gutman vs. Estados Unidos Mexicanos (sentencia de 6 de agosto de 2008), no ingresó a cuestionar la propia atribución de los organismos electorales centrales para determinar el cumplimiento de determinado requisito (…) Lo que sí ha establecido es que la exigencia de determinados requisitos para postular a un cargo de elección popular no constituye en sí misma una vulneración al derecho de participación política, sino que, como ante todos los derechos fundamentales, su restricción debe ser razonable y proporcional, esto es, apuntar a una finalidad constitucionalmente válida con los medios adecuados, necesarios y proporcionales para ello (…)

La Resolución N° 00019-2010-JEELO (…) Se asume como hecho no cuestionado que el candidato en virtud a un asunto judicial de competencia de los Estados Unidos de Norteamérica fue sometido a arresto domiciliario dispuesto por el Juez de Miami, Federico Moreno, que inició el día 25 de noviembre del 2009 y culminó el día 28 de enero del 2010, lo que cumplió en: 161 Lakeview Dr. Apt 104, condominio Racquet Club en la ciudad de Weston ubicado al oeste del Condado de Broward, a media hora de Miami. (…) En autos se encuentra probado que el citado candidato en virtud a un asunto judicial de competencia de los Estados Unidos de Norteamérica, fue sometido a arresto domiciliario dispuesto por el Juez de Miami, Federico Moreno, restricción de su libertad que inició el día 25 de noviembre del 2009 y culminó el día 28 de enero del 2010, lo cual se acredita como se reitera con las instrumentales que obran a fojas 195-208, proporcionado por el tachante con el escrito de fojas 190-194. En tal sentido, se colige que en dicho lapso de tiempo se interrumpió la residencia habitual del candidato Francis James Allison Oyague dejando de ser su domicilio en el distrito de Magdalena del Mar, variando su domicilio a 161 Lakeview Dr. Apt 104, condominio Racquet Club en la ciudad de Weston ubicado al oeste del Comando de Broward – Miami, Estados Unidos de Norteamérica, siendo de aplicación el artículo 39° del Código Civil. (…) De los anteriores considerandos, se concluye, que el ciudadano Francis James Allison Oyague, no se encontró de manera continua e ininterrumpida en el domicilio ubicado en parque acosta N° 190-Magdalena del Mar, dentro del plazo exigible por la norma electoral para postular como candidato a Alcalde del Concejo Distrital de Magdalena del Mar, para las Elecciones Municipales 2010, en razón de haberse probado imposibilidad física por un tiempo determinado, debido al arresto domiciliario que fue sometido durante el periodo comprendido desde el día 25 de noviembre del 2009 al 28 de enero del 2010, por mandato de la autoridad judicial competente de los Estados Unidos de Norte América, con lo cual solo acumuló como tempo de residencia habitual VEINTIÚN (21) MESES Y VEINTISIETE (27) días, con consecuencia jurídica de imposibilidad física de acceder al supuesto de la residencia de manera habitual y continua, habiendo operado la interrupción material del plazo exigido, con el cual deviene en incumplimiento del requisito establecido en el literal “b” numeral 5.2 de la Resolución N° 247-2010-JNE (Reglamento de Inscripción de listas de Candidatos para las Elecciones Municipales y Regionales del año 2010), en mérito del cual la tacha debe ser declarada fundada.

Quienes hemos defendido principios nos sentimos tranquilos con la misión que en esta oportunidad nos ha tocado y siempre estaremos al pie del cañón, pese a los insultos, diatribas y falsedades que se nos pretenda atribuir de quienes defienden intereses personales o de grupos frente a los grandes intereses nacionales.

Julio César Castiglioni

sábado 4 de septiembre de 2010

Así no es Señor Allison

El Jurado Electoral Especial de Lima - Este ha emitido la Resolución N° 00019-2010-JEELO que declara fundada la Tacha interpuesta contra el candidato a la Alcaldía del distrito de Magdalena del Mar por el Movimiento Político “Magdalena Avanza”, FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE, por haber sido sometido por la Justicia Norteamericana a arresto domiciliario dispuesto por el Juez de Miami, Federico Moreno, la que se inició el día 25 de noviembre del 2009 y culminó el día 28 de enero del 2010, los que cumplió en 161 Lakeview Dr. Apt 104, condominio Racquet Club en la ciudad de Weston ubicado al Oeste del Comando de Broward, a media hora de Miami.

Lamentablemente para los intereses del Señor Allison la justicia electoral me ha dado la razón una vez más, toda vez que mi posición es estrictamente jurídica y mas no política como ha afirmado en diferentes medios de prensa, lo que denota una falta de argumentos frente a una posición profesional, las ideas se combaten con las ideas, los planteamientos se combaten con otros planteamientos, las tesis se combaten con otras tesis, cuando se desciende al nivel del insulto, se demuestra una orfandad de argumentos sobre el tema en debate.

Lo que sí no voy a dejar pasar, es su afirmación que he estado detrás de la Tacha interpuesta en su contra, para beneficiar alguna candidatura en el distrito de Magdalena, sabe usted, que desconocía de la misma y me enteré de ésta el día viernes 20 de agosto a partir de las 4: 00 pm de la tarde cuando acudí al Jurado Nacional de Elecciones a informar el expediente de un cliente por lo cual, se vio el informe oral de su expediente N° J-2010-01511 y al escuchar al abogado del Tachante, como a su abogado, además de las preguntas que formuló el colegiado, el caso me pareció muy interesante, yo había acudido a la audiencia acompañado de mi patrocinado para informar el Expediente N° J-2010-1552.

Terminado los informes mi cliente me condujo a mi estudio y estando en éste, ingresé a la página web del Jurado Nacional de Elecciones, revisé la tramitación del caso y bajé toda la documentación obrante en él, el Jurado Nacional de Elecciones en ésta oportunidad ha implementado un sistema muy interesante de escanear los expedientes y colgarlos en su página a la cual podemos acceder cualquier persona, después de ello me puse a estudiar el caso y me formé un criterio que es el que expresé ante los medios de prensa cuando fui entrevistado, por lo cual es absolutamente falso que esté detrás de la Tacha interpuesta contra usted.

Pretende decir , que respondo a consignas de algún o alguna candidata a la alcaldía de Lima lo cual es absolutamente falso, como abogado independiente no dependo de nadie y brindo asesoría legal y mi concurso profesional a quien me lo solicita, cual fuese su color político, no soy candidato, no estoy participando en éste proceso electoral y dentro de la pluralidad de clientes que solicitan mis servicios profesionales, acuden personas vinculadas a la políticas, independientes, ciudadanos, empresas y todo aquel que crea que lo pueda apoyar profesionalmente dentro de la ética profesional y la honestidad, le recuerdo esto, porque cuando regresó de los Estados Unidos, acudió a mi estudio a solicitarme dos consultas cuyos documentos todavía guardo y después de estudiarlos le mandé decir con su secretaria que no las absolvería, lamento decir esto y lo hago en razón que usted, a través de los diferentes medios de prensa ha pretendido echar sombras sobre mi ejercicio profesional y la independencia en mis posiciones jurídicas. No necesito ir a más detalles; pero sólo quedan algunas preguntas flotando, si dice que respondo a consignas políticas, por qué acudió a mi estudio?, ¿es tan apetitosa la alcaldía del distrito de Magdalena para que usted pierda el rumbo y esparza adjetivos y críticas que no puede probar?, ¿O es cierto lo que manifestó en esa oportunidad que detrás de usted, hay gente muy poderosa y que nuevamente lo iban a hacer alcalde de Magdalena del Mar?, sólo usted sabe la verdad.

El insigne Martín Fierro en consejos a sus hijos decía: “Bien lo pasa entre pampas el que respeta a la gente, el hombre ha de ser prudente para librarse de los enojos, cauteloso entre los flojos y moderado entre valientes”, Señor Allison, respete a las personas, respete a la Justica Electoral y será un hombre de bien.

Julio César Castiglioni

domingo 25 de julio de 2010

La verdad de Vidas Extremas

Es mí deber explicar a los ciudadanos y ciudadanas la verdad del caso de la familia Albino Mendoza: la OMAPED de Huaral asumió el compromiso de ayudar en el proceso de rehabilitación de las niñas María Isabel (16 años) y Digna Soledad Albino Mendoza (13 años). La situación de discapacidad de las hermanitas me fue comunicada por el Servicio de Rehabilitación del Hospital de Huaral e inmediatamente decidimos brindar el apoyo con la movilidad accesible para trasladar a Digna Soledad para sus terapias de los lunes y viernes, hasta que logre su recuperación. Asimismo conocimos la situación de pobreza de la familia Albino Mendoza y decidí presentar el caso a Gisela Valcárcel (El Gran Show) y Vidas Extremas.
El primer programa hasta la fecha no responde. La reportera de TV Cable Huaral me presento a una coordinadora del programa de Vidas Extremas (Alison) para poder coordinar y llegaran a Huaral y así paso. Alison llego a Huaral y le presente 03 casos de Huaral y 01 caso de Chancay, porque era parte del sistema de trabajo de este exitoso programa. Ella me indicó que los casos serían evaluados y no era seguro que sean aprobados porque hay otros casos que ingresarán los investigadores de Vidas Extremas. A la semana y media recibí la grata noticia que el caso de las hermanitas había calificado y se le daría el apoyo. Desde esa fecha mantuvimos una permanente coordinación con Alison, brindando todas las facilidades para las grabaciones en el hogar de la familia de Fidencio y Maximina, padres de las niñas, en la chacra de la Sra. Ana del sector de Caqui, Alquiler de equipo de sonido para el Show en la Plaza de Armas, seguridad con la unidad de la PNP y Serenazgo.



Personalmente decidí no aparecer en pantalla ni que se mencionara mi nombre, para evitar comentarios que me estoy aprovechando del caso para un trampolín electoral, pero resulta que el martes 20 de julio acompañe a la familia Albino Mendoza para que realizaran la ultima grabación en los estudios de ATV y me sorprendió que al final de las grabaciones, secuencia de los regalos de las empresas, Alamos Pérez invitara muy emocionado y textualmente Presentamos al candidato a la presidencia Regional de Lima Ricardo Chavarría, como el artífice y promotor de ayuda a la familia Albino Mendoza; realmente me molestó e indignó esa presentación; porque aprovecharon la necesidad de esta humilde familia para hacer propaganda política.
Es imperdonable que se valgan del dolor y la pobreza de las personas para aumentar los votos a un candidato, porque solo invitaron a un candidato y se olvidaron de agradecer a las personas que voluntariamente colaboran desde un sol hasta otras cantidades importantes. Usted tendrá su propio criterio u opinión, pero es la verdad. Así no es amigos de Vidas Extremas porque son unos extremos aprovechadores.
Gracias a todos y todas que aun continúan colaborando con la familia Albino Mendoza, porque la siguiente meta es que la niña Digna Soledad vuelva a caminar.

Héctor Díaz Arboleda
Sub Gerente OMAPED Huaral

miércoles 21 de julio de 2010

El Pelícano Edición 0038

Chancay, Cuarta Semana de Julio del 2010
Número: 00038
Tiraje: Nones de Cientos Mil
Edición: Peceache, corresponsal en la misma lleca de radio Bemba y de la cadena de TV X005
Pasquín, festivo y de humor local, cualquier alusión es para los caballeros de correa ancha, y para las damas que tienen cintura de avispa.
Ya finalizado el Mundial Sudáfrica 2010, donde los chapetones españoles se llevaron la Word Cup 2010,bebiendo de ella no sólo un sorbo de Vino de La Rioja, sino la fama y sabor de un Campeonato Mundial de Fútbol, el Coach Vicente del Bosque consiguió semejante hazaña al mando de un equipo con camisetas del color de la capa de La Caperucita Roja pero con empuje y coraje del Lobo Feroz del Bosque, la patria de los Cervantes, Lope de Vega, Quevedo, Espronceda, Unamuno, Machado, García Lorca, etc, etc, consiguieron una verdadera Corona de Oro para El Reino de España y ello lo podrán ceñir con orgullo el Rey Don Felipe de Borbón y la Reina Sofía de España, así pues hombre ¡Salud con las aguas del Río Guadalquivir!.
Mientras los favoritos como Brasil no pudieron jugar al ritmo de la zamba y los gauchos de Argentina han tenido que volverse con la cabeza gacha, me parece que la Waca Waca de la colocha Shakira no les trajo suerte o será que el sonido de las vuvuzelas los adormeció, con estos resultaros terminó la era Dunga para los garotos y para martirio de los argentinos Maradona continua, pero que para todos nosotros El Diego como futbolista fue un fenómeno pero como entrenador no pasa nada, en el que es una verdadera Madonna, es mejor que se dedique a cantar o a bailar con pantaloncitos cortos o calientes, y que mejor si se acoge a la Ley de Matrimonio Gay dictada desde La Casa Rosada por la mandataria Cristina Fernández de Kirchner, con esta ley La Casa no sola es Rosada sino también de Ambiente, y todo estos acontecimientos hace que los sudamericanos tengamos la bilirrubina al tope a punto de explotar menos mal que el uruguayo Diego Forlán al obtener el Botín de Oro del mundial, ha evitado que lleguemos a hacer no el 2, sino el Pum Pum.
Y en nuestro distrito se dio inicio a Las Elecciones Municipales 2010,hay doce candidatos, entre ellos figuran tres damas, unas más conocidas que otras, a las que de antemano les auguramos éxitos, no podemos desearles suerte pues no somos quirománticos ni cartománticos, además estamos seguros que antes de lanzarse a esta lid no solo han consultado con sus almohadas sino que también que el día de sus inscripciones han leído sus horóscopos respectivos, a una le decía vas a agarrar algo grande y ella alucina que es la alcaldía, a la siguiente veo mucha riqueza con solo levantar la mirada y la mano hacía el prójimo y ella mira y saluda al público pensando que es su potencial elector, a la última le decían vas a tener muchos seguidores y ella piensa que son sus electores, y así sucesivamente, los partidos llamados o autodenominados grandes hace rato que ya empezaron sus respectivas campañas, entiéndase por ello como el pintarrajeo de paredes.
Una de ellas se lee: Juanelo sigue, no queremos pensar que sigue a la trampa, o que sigue con más de lo mismo, o que sigue pensando que Chancay es solamente es el Casco Urbano, es por eso y muchos más, que muchos pobladores de los Asentamientos Humanos dicen que por aquí Juanelo no ha hecho nada, y en ello debe de haber mucho de verdad es por eso que se ve renovación en su plana de regidores y si es como resultado de una autocrítica, en hora buena, si la elección es solamente vecinal no necesariamente es cierta, pues tiene sus implicancias políticas, si el Apra como gobierno llega a los grandes sectores populares solucionando rápidamente con el saneamiento básico, el saneamiento físico legal y las titulaciones de las ocupaciones marginales, será un aporte en puntos más para sus candidatos, pero si la ama de casa como que lo es la mejor economista del hogar hace malabares para estirar el salario mínimo vital, donde pues si cada día que acude al mercado encuentra el kilo de pollo más caro, el pescado más caro que el pollo, pareciera que el pescado en vez de escamas tuviera plumas, ya da la impresión de que en nuestro puerto los pescadores en vez de pescado extraen pollos, pues el mismo día de San Pedrito, se notó la escasez del pescado y la abundancia del pollo, dejo en claro que para ello también influyó el clima y las condiciones meteorológicas como fueron las mareas, con la consiguiente presencia de oleajes que dan el panorama de un mar movido, la escasez del gas propano hace que los precios habituales se incrementen no en uno ni dos sino en más de cinco soles, en estas circunstancias la ama de casa no lo va pensar dos veces para dejar de apoyar al candidato del gobierno actual, pero en todo caso las situaciones por más coyunturales que sean pueden influir en el resultado de las elecciones municipales y regionales, por lo que un candidato por más bueno que se ufane no tiene al 100 % asegurada en este caso su reelección.
La Ministra de la Mujer no llegó a Chancay a inaugurar los Wawa Wasi , pero si se cumplió con el programa elaborado, además por esos días se encontraba algo obnubilada La Doña Ni Idea Vílchez, pues ella entendió como racismo que solamente las personas de color sean los cargadores de los féretros en los Cortejos Fúnebres, y porqué no los chinos o los cholos, pues recibió una respuesta lógica, pues como las familias están de luto por lo menos por esos momentos necesitan un acompañamiento que haga juego con sus vestimentas, además la misma gente morena no encuentra degradante esta actividad, pues ellos en son de broma, dijeron.
Preferimos cargar los muertitos o prefieren que nos carguemos con sus cajas fuertes, además nadie garantiza que a la misma funcionaria camino a su última morada la carguen cuatro zambos más embetunados que Perico León, también estuvo atareada en mostrar las deficiencias del Hospicio Hogar de Cristo que regentaba el Padre Martín Sánchez, esperamos que sea una mejora real para los beneficiados y no sea una simple peliculina para las cámaras de televisión, pues sin ir muy lejos aquí en nuestro distrito existen muchas personas que necesitan una asistencia del Ministerio que jefatura Doña Ni Idea, pero nadie se preocupa ni hace cuestión de estado por ellos, se encuentran solos olímpicamente abandonas a su suerte.
La siguiente pinta era Casas vuelve, no nos dice a dónde, a sus andanzas, será a su casa, y parece que la propaganda era real, pues efectivamente Casas regresó a su domicilio, y en su reemplazo salió su Señora esposa Domitila Aurora Dulanto con su símbolo del arbolito en su mano, verdaderamente es una incógnita la señora más conocida por su feligresía como Chamaca, y la siguiente pinta puede ser Chamaca amenaza, con llegar al sillón de Juanelo, estamos hablando del Movimiento Fuerza Regional, a nivel distrital, no ha quedado claro el de sus elecciones internas, ¿Se habrá practicado la democracia o la dedocracia?, es la pregunta por los 100 arbolitos verdes a plantarse en la prolongación de la Av. López de Zúñiga, un personaje de la lista de sus regidores aduce ser Casista y al mismo tiempo aprista, que tal dualidad y comodidad, creemos entenderlo que era de su casa y aprista a la vez, lo cual si ya se deja entender, pero en todo caso la politiquería local tiene excusas para todo tipo de comportamientos, no nos estriñe ni nos extraña, también se ufanan en jamonearse en que tienen la mejor lista, eso lo entendemos como un autobombo, el mismo triunfalismo del Chemo del Solar al tomar el mando de la selección que fracasó rotundamente, del que tampoco se salva el “Pelao” de Markarian quién quiere imponer si o si en la continuidad de la Presidencia de la Federación de Futbol al inefable de Manuel Burga, ya estamos cansados de las promesas y de la verborrea barata de los parrilleros rioplatenses, nosotros los consideramos como un colega más del paquetón y fracasao del “Pacho” Maturana, quién en su oportunidad también vino con muchos bombos y platillos, al final ni chicha ni limonada.
El siguiente candidato distrital sería el Dr. Dulanto, lo notamos con temor hasta para empezar su propaganda electoral, a este ritmo quien nos garantiza que una vez llegado al sillón municipal no se haga el dos, y para remate dicen que tiene como padrino en la regional a un personaje que se parece al mismo Conde Drácula, menos mal todavía está a tiempo de corregir sus falencias, en todo caso Docto, Ud. tómese un vaso de cañazo o de un salto pa´ atrás, y le va salir un Salto del Tigre bárbaro que va hacer retroceder a sus adversarios y si son candidatas ni se le aparezcan en su camino, que Ud. arrasa con todas, de los candidatos nuevos casi no se nota o se escucha algo, algo tímidamente el Presidente del AA.HH de Pampa Libre asoma por lo menos las narices, pero como dijo un pelao algo es algo, por algo Ud. ya está inscrito oficialmente en el JNE y eso vale bastante, al menos anímicamente, de los demás no se oye nada, por lo menos manden un S.O.S., como la carrera recién está empezando sus posibilidades todavía están intactas, ánimo y hágase buen viento, que nadie es invencible, acuérdense de la pelea entre Sansón y Dalila.
A nivel provincial la Doña Aurora Kobayashi está inadmisible hasta el momento, al alcalde Uribe parece que se le viene la noche o el limbo, revisando las hojas de vida, el nivel académico de los candidatos deja mucho que desear, honrosas excepciones si los hay, pero los dedos de una mano sobran para contarlos.
Un ejemplo tomado al azar, y considerado ya por encima del bajísimo nivel de la mayoría es del Señor Javier Jesús Alvarado González, actual alcalde con licencia de Cañete, tiene estudios inconclusos de ingeniería en la Universidad Particular Garcilaso de la Vega, quién sabe si solo se habrá quedado matriculado en el primer ciclo, pero si tiene diplomados o certificaciones de instituciones a los cualquiera puede acceder, y hay peores hojas de otros que hasta pena nos daría describir, en los spots publicitarios ya se escucha el de Chava Chava- Mari- Casas, en las paraditas se escucha de La Familia Monsters, también invitan a votar por un alcalde conocido que uno nuevo por conocer, y eso parece suena a decir ladrón conocido que uno por conocer.
También son notorias las caravanas oficiosas que vitorean a las autoridades que se van por la reelección y están son las famosas portátiles que nunca faltan y en general son las mismas trabajadoras de las instituciones de las autoridades postulantes.
Ahora que estamos ad portas a la semana jubilar de la patria, no sé qué sorpresas nos traerá en su Mensaje Presidencial Don Gabriel García cuyo apellido materno por supuesto que no es Márquez como del autor de Cien Años de Soledad, pues si fuera así sería un mensaje de telenovela, pero tampoco nos hagamos muchas ilusiones, si para un sector de la población es El Año de la Bonanza Económica y Social, para el grueso de la población marginal y del Perú Profundo no lo es, y los indicativos son la deserción escolar, el analfabetismo, el desempleo, y franjas de poblaciones sumidas en la pobreza, para ello ha contribuido bastante la corrupción existente en la mayoría de las instituciones estatales y para estatales y sobre todo de los grandes políticos de saco y corbata, esperemos que las nuevas autoridades que van a surgir de las Elecciones Municipales y Regionales reflexionen profundamente.
La patria necesita de ellos que se entreguen como en una verdadera cruzada cívica, las grandes masas de jóvenes egresados de las colegios sino se encuentran estudiando, necesitan estar trabajando, y que mejor si están capacitándose, sino fuera así los jóvenes pierden y desperdician sus mejores años de vida y por consiguiente pierde el país, pero no perdamos de vista los sueños de Túpac Amaru II, Mateo Pumacahua, Mariano Melgar, Agustín Gamarra, Ramón Castilla, Andrés Avelino Cáceres, Miguel Grau y Francisco Bolognesi, además de otros, que dieron sus vidas y sus ideales en pro de un Perú Grande y Unido, tampoco podemos olvidarnos del libertador Simón Bolívar y del Generalísimo José de San Martín, quién soñó en Pisco con los colores de nuestro bicolor semejantes al de las aves migratorias llamadas Parihuanas cuyo plumaje es de color Rojo y Blanco, igual al de nuestro Bicolor Nacional, a embanderar nuestros hogares y que ¡Viva el Perú y Sereno!
Pablo Charapaqui

sábado 19 de junio de 2010

Catherine Nettleton, embajadora de Su Majestad

Nuestros políticos tienen muchos defectos y metidas de pata, pero también nos ayudan a avanzar. Basta pensar en cómo creció el Perú, sin acto bélico alguno, gracias a las 200 millas marítimas de José Luis Bustamante y Rivero. O como hemos logrado que el Nuevo Sol valga, contando con sólidos fundamentos macroeconómicos impulsados por nuestros cuatro últimos presidentes, quienes también han estado detrás de la apertura del Perú al Asia y la paz con Ecuador. Claros aportes del liderazgo político al servicio del desarrollo de nuestra sociedad. Avanzar así requiere una visión.

Pero una visión, por más motivadora que sea, o contar con los recursos económicos para echarla a andar, no bastan para crear futuro pues en nuestra democracia, tan pronto cambia un gobierno, corremos el riesgo de deambular. Avanzar supone compartir una visión y, sobretodo, una manera de acercarla a la gente y de vincularse desde el poder. Es la posibilidad de involucrar al otro lo que hace sostenible el avance y, para ello, toca involucrarse uno mismo. Como lo proponen los Objetivos del Milenio, la gobernabilidad mundial depende del compromiso de todos, no buscando controlar, decretar y mandar sino inspirar, aprender, escuchar, colaborar y sumar.

Catherine Nettleton hace gala de ello. Como embajadora de Su Majestad Británica ha consolidado relaciones con múltiples instituciones en nuestro medio sin buscar protagonismos, apostando por nuestro desarrollo sostenible. Para ella, trabajar por su país supone una visión amplia donde contribuir al desarrollo del Perú y nuestra sociedad es también promover los intereses del Reino Unido: tú interés es mi interés.

Desde su rol como funcionaria pública, entre otras cosas, ha tenido la generosidad, visión y coraje de arriesgarse a sumar con la sociedad civil para promover lo bueno en el Perú. Creyó en ello, brindó su apoyo, se involucró y fue más allá: se “compró el pleito” de reconocer buenas prácticas en el Estado peruano.

Personalmente, he aprendido mucho de ella. La solvencia y a la vez sutileza para plantear temas delicados, sus intervenciones siempre agudas en favor de la inclusión social, y su capacidad de creer y confiar dejándonos en absoluta libertad son un ejemplo digno de emular.

Hoy, en la celebración de la Reina Isabel II, se despide del Perú para asumir funciones en Venezuela, pero nos queda su ejemplo y don de gentes que nos compromete a seguir mejorando, aportando y sumando. No me queda más que decir, sinceramente, gracias Catherine.
Beatriz Boza
Abogada - Directora Ejecutiva Ciudadanos al Día

miércoles 26 de mayo de 2010

Así es la Justicia Social en Chancay

Para muchos, Chancay viene progresando de la mano del actual alcalde, Juan Álvarez Andrade del partido Aprista Peruano, quien ha recibido de transferencia del gobierno central en estos últimos tres años (2007 -2009) aproximadamente 40 millones de soles, de los cuales se han invertido más del 75 % en pistas , veredas y aéreas verdes en el cercado de Chancay; destinando una miseria para los más de 30 asentamientos humanos de la periferia del distrito, quienes representamos aproximadamente más del 60 % de habitantes del distrito de Chancay, que en su mayoría son pobres y tienen mayores necesidades básicas insatisfechas.
Referente a las inversiones para programas culturales, educativas, ambientales y sociales son irrisorias. A esta situación el alcalde lo denomina “JUSTICIA SOCIAL”

LOS PRESPUESTOS PARTICIPATIVOS

Si bien es cierto que los presupuestos municipales desde el año 2005, son de carácter Participativos y concertados, según la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 20392 y las normas complementarias determinan su metodología, proceso y cumplimiento; la actitud prepotente, centralista y sectaria del alcalde Álvarez, hace que los presupuestos participativos en Chancay se elaboren a su interés político y con un Concejo de Coordinación Local Distrital CCLD deslegitimado e inactivo, que no representa los interés de la población, por que sus funciones terminaron hace mas de dos años y el alcalde no quiere convocar a la nueva elección.

Cuando el alcalde de Chancay Juan Álvarez Andrade, ejecuta los proyectos programados en los presupuestos participativos anuales, aplica su teoría de “JUSTICIA SOCIAL”, realizando primeramente las inversiones en el cercado de Chancay y se olvida de la mayoría de obras perteneciente a los Asentamientos Humanos, es por ello que se evidencia un desbalance en el desarrollo integral del distrito.
Un caso palpable es del Pueblo Joven de Peralvillo; solamente se ejecutó la construcción de tres cuadras (07, 08 y 09) de la Alameda San Martín, programada por la gestión anterior para el 2007 y las obras programadas en el Presupuesto participativo Municipal del 2008 y 2009, no se ejecutaron y sus presupuestos fueron anulados; referente al presupuesto para año 2010 se programó la ejecución del Proyecto Integral de Infraestructura, equipamiento e innovación del C. E. Juan Pascual Pringles por S/. 300.000 soles, pero en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Chancay (PIA) para el 2010, solamente presupuestan S/. 100,000 soles, recortándole en forma increíblemente al único proyecto aprobado para Peralvillo y de impacto en el sector de educación.

LOS SERVICIOS MUNICIPALES:

La postergación de las legítimas aspiraciones de desarrollo de los Asentamientos Humanos de la zona sur de Chancay, por parte la gestión municipal del alcalde Juan Álvarez es discriminatoria e injusta, debido a que según la municipalidad de Chancay , somos parte de la zona urbana del distrito y tenemos los mismos deberes tributarios (Impuestos, Tasas y Arbitrios) que los vecinos del cercado de Chancay, por lo tanto, nos deben brindar igual calidad y cantidad de los servicios municipales, tales como serenazgo, limpieza pública, mantenimiento de áreas verdes, perrera municipal y saneamiento ambiental.
En la actualidad los servicios de serenazgo, saneamiento ambiental y perrera municipal no existen y los servicios de limpieza pública y mantenimiento de áreas verdes son deficientes y parciales. ¿Esto es JUSTICIA SOCIAL?

EL MEDIO AMBIENTE

El HUMEDAL DE SANTA ROSA, se encuentra abandonado, sucio y contaminado, a pesar que en la gestión Municipal anterior, efectuaron avances importantes en su recuperación ambiental y en el saneamiento físico legal del terreno, pero como no es asfalto ni cemento, el alcalde y la comisión ambiental no se interesaron continuar con esta labor, más aún siguen pretendiendo desaparecerlo para que allí se construya un puerto de minerales.
Los criadores de porcinos reubicados a la zona de parque porcino del Cascajo, donde alberga mas de cien productores, fueron abandonados, intimidados y desprotegidos por el Alcalde de la municipalidad de Chancay; apoyando al despojo de los terrenos del estado entregado por la misma municipalidad a los productores, para favorecer a personas amigas del alcalde mediante la venta estos terrenos (Chancay Ports S. A.). ¿Esto es “JUSTICIA SOCIAL”?

REFLEXIÓN FINAL

La discriminación a los Asentamientos Humanos, en la ejecución de sus obras y en brindarles los servicios municipales, el olvido a la juventud y a la cultura, el apoyo al despojo de los terrenos de los criadores de porcinos, el abandono del Humedal de Santa Rosa y el atropellos a los derechos laborales de los trabajadores municipales, son acciones que se oponen al verdadero significado de JUSTICIA SOCIAL
El caldo de cultivo para el descontento social, está presente en Chancay y solamente se puede apagar, si elegimos a un Alcalde que garantice alcanzar el equilibrio en el desarrollo sostenible entre Chancay cercado y los asentamiento humanos de la periferia, priorizando al ser humano como fin supremo de la sociedad y pesando en la presente y futuras generaciones. Caso contrario los líderes vecinales y comunales tenemos que forjar un movimiento local, que se origine desde los Asentamientos Humanos para llegar vía elecciones a la gestión municipal del Distrito de Chancay.
Williams Jurado Zevallos
Presidente del comité de Vigilancia del PP. JJ. Peralvillo