La dación de la Ley Nº 29035, Ley que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en su Vigésima Primera Disposición Final, autoriza hasta el 31 de diciembre de 2007, a los gobiernos regionales y a las municipalidades a realizar, previo acuerdo de concejo, las acciones de modernización de la gestión pública orientadas a incrementar sus niveles de eficiencia, mejorar la atención a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos públicos.
Para tal efecto, los gobiernos subnacionales podrán disponer la reorganización, reestructuración, fusión y disolución de sus entidades, empresas y organismos públicos en tanto se dupliquen funciones o se provean similares servicios a los brindados, integrándose competencias y funciones afines.
Mediante la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralización y desconcentrada, partiendo de la descentralización administración económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal.
El artículo 26º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, refiriéndose a la estructura municipal establece que ésta adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, gerencia, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; y se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y seguridad ciudadana, y por los principios contenidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
El proceso de reforma municipal es un proceso dinámico que exige una permanente reflexión y capacidad de adaptación; así como una disposición de apertura para reconocer los cambios del entorno y continuar realizando una gestión activa, que permita de manera continua mejorar las capacidades y potencialidades de la organización municipal para lograr el bienestar de los miembros de la comunidad y el desarrollo armónico de la jurisdicción.
En este sentido, la organización, es el sistema integral en el cual interactúan los objetivos, fines y estrategias, estructura orgánica, potencial humano, sistemas y procesos, estilo gerencial y mecanismos de participación, valores y cultura organizativa, sus recursos y habilidades resultantes de la organización en su conjunto; la reorganización, significa volver a organizar algo, organizar algo de manera distinta y de forma que resulte más eficaz; la reestructuración, significa modificar la estructura de una organización y la reorganización administrativa y reestructuración orgánica, es la modernización de la prestación de los servicios públicos y la consecuente redefinición, priorización, ajuste y modificación de funciones, estructura, planta orgánica y procesos de trabajo, así como el cambio de actitud y comportamiento del potencial humano.
El diseño de la organización y sus documentos de gestión deben articular los objetivos institucionales contenidos en los planes y presupuesto municipal.
Tal articulación debe permitir dotar a la entidad de un proceso dinámico y flexible de reforma continua que permita su adaptación a los cambios del entorno social, ambiental, económico, político y cultural en el que se desenvuelven las acciones municipales; las mismas que deben orientarse permanentemente a lograr una fuerte gobernabilidad en la jurisdicción, sobre la base de una sólida institucionalidad democrática y participativa, en tal sentido, deben aprobar nuevos instrumentos de gestión dentro de este concepto dinámico de organización.
Los documentos de gestión municipal son elaborados y aprobados teniendo en cuenta el orden señalado; uno es consecuencia del otro, no pueden ser documentos aislados.
El Reglamento de Organización y Funciones (ROF).- Debe entenderse como un documento de gestión, donde se expresa el compromiso de la autoridad municipal con la gerencia de calidad total, los criterios de racionalidad, eficiencia, eficiencia y productividad, contemplando los reales recursos financieros a corto y mediano plazo.
El Cuadro para Asignación de Personal (CAP).- Es un documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados, sobre la base de la estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones.
El Presupuesto Analítico de Personal (PAP).- Es un documento donde se considera el presupuesto de los servicios específicos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de cada programa presupuestado, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta el Cuadro para Asignación de Personal.
El Manual de Organización y Funciones (MOF).- Es un documento que describe las funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo, desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, así como en base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal.
Tanto los procesos de organización como de reorganización deben ser contenidos en estudios de viabilidad que demuestren la factibilidad de planteamientos que se formulen como alternativas de solución; así tenemos la programación administrativa, que se constituye en un proceso permanente de raciocinio, proyección y previsión para establecer un conjunto de acciones que permitan la consecución de los objetivos institucionales en un período determinado.
A través de la programación administrativa se busca el desarrollo y ordenamiento detallado de los objetivos, metas y actividades y/o proyectos; la definición de recursos o instrumentos adecuados que permitan el cumplimiento de las políticas.
Finalmente, deben aprobar nuevos Reglamentos Internos de Concejo (RIC), así como los Reglamentos de Personal, entre otros, que les permita estar acorde con el proceso de transferencia de competencias dentro del proceso de descentralización y los niveles de eficiencia en aras de la modernización de la gestión pública.
Julio Cesar Castiglioni Ghiglino
Abogado
Especialista en Derecho Municipal y Regional