jueves, 6 de diciembre de 2007

Cuidado… arroz con pato por un sol cincuenta…¿QUÉ SE COCINA EN CENFOTUR?

Exultantes recibimos la noticia de que Machu Picchu había sido considerada entre las nuevas siete maravillas del mundo. El turismo peruano, desde siempre, ha sido fagocitado por la célebre ciudadela cuzqueña al punto que pareciera lo único digno que tenemos para mostrar al mundo.
He llegado a pensar que si nuestra inefable y a veces feroz naturaleza, dañara malamente o, peor aún, destruyera Machu Picchu, el Perú se quedaría virtualmente sin ingresos por turismo.
Pero, ¿por qué tenemos que aceptar esta realidad ingrata?

Porque históricamente los gobiernos no han querido ver -ceguera punible- al turismo como lo que podría ser la palanca más importante y poderosa del desarrollo nacional, prefiriendo la explotación de lo tangible, lo escaso y lo inmediato, como lo es la minería e ignorando que la industria sin chimenea no está severamente afectada por las fluctuaciones del mercado internacional, no contamina y da oportunidades económicas y laborales a todos sin excepción.

En medio de esta penosa realidad, los gobiernos han argumentado con reprochable facilismo, que desarrollar el turismo es una tarea donde nuestro país no cuenta con los recursos suficientes. Es decir cero imaginación, decisión y agresividad.

Si el gobierno del Presidente García está convencido que esta industria puede ser “la gran solución”, entonces, debe poner al turismo inmediatamente en valor económico y político, abandonando los limbos, para lo que considero indispensable la inmediata creación del Ministerio de Turismo. El Estado debe ser un ente pequeño pero en función de sus reales necesidades porque pocos países en el mundo tienen tanto y de gran valor que ofrecer para el turismo como nuestro país. Con el Presidente Toledo algo cambió y nos extasiamos porque llegamos, por primera vez, al millón de visitantes, aunque no quisimos mirar otros ejemplos como Costa Rica, que sólo tiene un pueblo generoso y un paisaje natural embelezante pero no mejor que el nuestro, sin embargo, es visitado por 3 millones de turistas al año cuando su población llega apenas a los 4 millones.

Es indispensable que miremos muy alto y creo que el Presidente García debería imponerse como primera meta la visita de 5 millones de turistas al año.

CENFOTUR, la Gran Víctima

Decidí escribir este artículo porque el Mincetur, que es el que toma las decisiones en materia de turismo, ha encargado a Proinversión el desarrollo de un proyecto para definir el destino de este Centro de Formación Turística, entidad que ha tenido un rol esforzado y meritorio en lo poco que se ha avanzado en el turismo, sobretodo capacitando mandos medios para esta industria.

La mala sorpresa es que desde las primeras líneas proyectistas, algunos técnicos de Proinversión, el organismo estatal responsable de que nuestro patrimonio sea adecuadamente explotado en beneficio del país, ya está pensando en obsequiar Cenfotur por un verdadero plato de guijarros.

El despropósito que anticipamos no va a prosperar, está siendo operado por el conocido pisquero Johny Schuler, quien como Jefe de Proyectos Turísticos e Inmobiliarios de Preinversión ha tomado especial interés e ilegal contacto con una asociación que agrupa algunos reconocidos cocineros del país –quienes tienen el innegable mérito de haber proyectado al mundo las bondades de la gastronomía peruana – para confiarles las ideas y propósitos que deben ser reservados para no favorecer a alguno de los futuros interesados en Cenfotur, aunque es fácil deducir porqué esta asociación está siguiendo muy de cerca este proceso de “CONCESIÓN” bajo la modalidad de usufructo, ¿no será que ya sabemos quienes serán los beneficiados de este negocio redondo?, todo gracias a Schuler y como siempre a merced del Estado.

Sin duda esto proyecta una sombra oscura sobre Proinversión sin menguar su responsabilidad administrativa y penal.

Es verdad que cualquier asunto ligado al desarrollo del turismo pasa por la captación de capitales privados, nacionales o extranjeros. ¡Bienvenidos, pero claros y limpios!.

Por eso mismo es que no se entiende porqué al principio se hablaba en Proinversión de un joint venture (juntos en la aventura) o alguna alianza estratégica que permita que Cenfotur incremente su cobertura para capacitar a más peruanos en este sector, sin embargo, ahora se habla de un concurso internacional donde el ganador sólo le pagaría al Estado 100 mil dólares por usufructuar Cenfotur durante 15 años, más el 3 por ciento neto de los ingresos registrados transferidos al sector y un 4 por ciento para un fondo de becas que no financiará los estudios de los jóvenes de bajos recursos como es ahora, sino, para estudios de postgrado de los egresados (labor que ya realiza el INABEC). Impresionante por lo mezquino.

Además, el ganador tendría dos años para invertir 600 mil dólares en la sede principal del Cenfotur y la misma cantidad en 6 años para cada una de las 8 zonas turísticas comprendidas en el Pentur. No podemos seguir pensando en 8 zonas, hay que pensar en todo el país, porque existen -y no lo dudo- postores que saben lo que valemos.

Cenfotur tiene toda la infraestructura adecuada para capacitar a 4 mil estudiantes al año, tiene 4 filiales en el interior del país, un mercado ganado con una marca posicionada a lo largo de 30 años y cerca del 80% de sus egresados está laborando en el sector, y mejor aún, Cenfotur, ahora mismo, genera ingresos superiores a los tres millones de dólares al año.

Entonces, de inmediato surgen dos pregunta: ¿cuánto se tendría que invertir para hacerse de un negocio en marcha como Cenfotur? ¿es justo hacerse de todo esto por sólo: 100 mil dólares? Sin duda alguna esto es un Arroz con Pato por un sol cincuenta.

¿Generoso el señor Schuler ,no?. No nos oponemos a su propuesta, pero que lo haga con lo que es suyo y no con lo que pertenece a todos los peruanos, especialmente como el caso de Cenfotur que ha cumplido y cumple una labor social y de inserción laboral impecable porque está formando en ocupaciones técnicas de mando medio a miles de peruanos de muy pocos recursos.

Estaremos atentos, porque una cosa es mercado libre con promoción de la inversión privada y otra un descampado baldío.
Antonio Flores Ronceros

lunes, 3 de diciembre de 2007

Qué Locura

Ayer mientras escuchaba por televisión nacional abierta unas declaraciones airadas del presidente regional ancashino, que dichas sin el menor respeto a las personas, plagadas de aseveraciones populistas, sin soporte argumental técnico gremial o político coherentes, no me quedo otra cosa que acudir a un programa de televisión local de menor cobertura y que lamentablemente no tiene alcance en toda la provincia del Santa para tratar de poner puntos sobre las íes a tan falaces comentarios y de esta forma desenmascarar la demagogia con que se quiere sorprender al pueblo ancashino.

1. Se dijo que la eliminación de los remanentes mineros favorecían a 85 trabajadores y que cada uno de ellos podría recibir hasta un millón de soles. FALSO. Los trabajadores mineros en Antamina representan un total de 3,596 personas y si e eliminan los remanentes y el fondo de empleo recibirían un total de 9,108 soles mensuales durante 18 meses. Actualmente perciben una remuneración promedio mensual de 2,500 soles.
2. Se dijo que el remanente minero es parte del canon. FALSO. Los remanentes mineros corresponden a las utilidades que deben repartirse entre los trabajadores mineros y que corresponden al 8% según ley de minería y amparados por la constitución de 1979 y 1993.
3. “El gobierno aprista pretende quitarnos el remanente minero para enfrentar a los mineros con las regiones y tenernos sojuzgados, al imposibilitar las construcciones de carreteras”. FALSO. En el congreso y obedeciendo a 3 propuestas de proyecto que recortaban los llamados remanentes mineros, que al ser analizadas y discutidas en la comisión de energía y minas se eligió el proyecto de la congresista Helvezia Balta Salazar, para luego pasar a la comisión de trabajo donde se aprobó y finalmente pasar a la comisión de descentralización donde se sugirió su revisión.
Por otro lado la federación nacional de mineros (sindicato gremial) son los que impulsan este pedido, por ser legal y al haberse conculcado sus derechos por Fujimori en 1997 con la ley de topes 892 que otorgó remanentes mineros, inexistente antes. Causa de ello son las continuas paralizaciones mineras en diversas partes del país que han ocasionado muertos, bloqueos de carreteras, exacerbado movimietismos de estirpe político, baja de productividad, ahuyentar las inversiones, problemas de gobernabilidad, etc. La construcción de carreteras también es promovida como política de estado al constituir medios de desarrollo para enfrentar el futuro TLC y no solo es preocupación de las regiones, las cuales también están incluidas en estos proyectos con el sistema de contrapartidas al canon.
4. “Si nos quitan el remanente minero, el pueblo saldrá a las calles y desencadenará una guerra civil”. Es lo que desea el presidente Álvarez para desestabilizar demagógicamente al gobierno sin saber que e el fondo el pugnar por la vigencia de los remanentes mineros es matar a la gallina de los huevos de oro que significa la permanencia, sostenibilidad del canon al alterar severamente la paz social y promover consecuencias nefastas para el país y la regios que dice defender.
5. “Justificó el escaso gasto del solo el 20% de su presupuesto al decir que este representa el 80 a 90% del hecho por otras regiones”. Gran perro del Hortelano. Siempre comparándose con otros para justificarse. No debe interesar lo que hagan otros, sino lo que hago yo a favor de mi pueblo. No se debe justificar la falta de proyectos o la inoperancia para sacarlos adelante con los males de otros, o achacándole inoperatividad al CONSUCODE o satanizando el SNIP. Ancash recibe el mayor presupuesto en función del canon y sobrecanon y no se gasta, esa es la conclusión, por tanto es su deber como presidente regional saber como gastarlo apropiadamente y rápidamente, para eso el pueblo lo eligió; o querrá que pensemos que la equivocación tuvo su momento de locura. Que locura.


Dr. Jorge Ramal N.

Los soldados desconocidos del TLC


La labor de prensa casi siempre pasa inadvertida, y es que es una de las funciones más delicadas que cumple una persona dedicada a esta loable labor. Alguien dijo que esta profesión es capaz de llevar a la cima a una persona o desaparecerla del mapa.

En el caso que nos lleva a esta reflexión, queremos recordar y rendir tributo a un grupo de personas identificadas con su labor, su profesión y su modo de vivir, y que está a punto de verse reflejado en la realidad, con la consabida satisfacción de millones de peruanos. El denominado Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos fue llevado a cabo por un grupo de 200 personas aproximadamente, entre negociadores, funcionarios de carrera y empresarios.

Sin embargo, existe otro equipo pequeño que siempre estuvo allí, al otro lado de las imágenes, detrás de las cámaras y siempre activo en las coberturas, conferencias de prensa, talleres educativos, coordinaciones y pegado a las teclas de sus respectivas computadoras, muchas de ellas ni siquiera en el nivel de una Pentium.

Recuerdo como si fuera ayer las conferencias de prensa que se le organizaban a la ex ministra Liliana Canale, la primera en ver el tema de lo que hoy se llama Sistema Generalizado de Preferencias-SGP, un asunto que nadie entendía y, por tanto, era bastante difícil para nosotros convencer a nuestros colegas de asistir a estas conferencias y resultaba más difícil aún que publicaran una pequeña nota en sus respectivos diarios.

Los periódicos de hoy abrieron su sección de economía y surgieron profesionales de nivel que han hecho de ella una de las más leídas en los últimos años.

En ese ínterin de tratar de “sembrar” estas ideas en la cabeza de los ciudadanos peruanos, llegaron al ex Ministerio de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración (MICITI) personalidades como Jaime García Díaz y Jorge Cárdenas, quienes empezaron a ver el asunto y a involucrarnos a los del área de prensa, porque “estos serían los temas que más adelante regirán los destinos del país”, y cuánta razón les damos ahora.

Con el ingreso de Diego Calmet al Viceministerio de Negociaciones Comerciales Internacionales, denominado en aquel entonces Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCI), los temas empezaron a ser cada día más importantes y los empresarios, economistas y analistas ya aparecían en los diarios y las revistas del momento, haciendo sus respectivos comentarios.

Con la llegada de Alfredo Ferrero Diez Canseco al MITINCI, hoy Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), se empezó a cosechar todo lo sembrado. Sus continuas conferencias de prensa para posicionar el tema nos empezaron a dar cada día mayores portadas, fotoportadas, entrevistas y los auditorios empezaron a llenarse ya no para escuchar al político del momento, sino al analista económico del momento.

He perdido la cuenta de cuántas veces se le organizaron entrevistas al doctor Ferrero, que la mayoría de veces terminaban en una amena conversación o en una tremenda clase de teoría económica.

Hoy debemos agradecer esa labor tan dedicada, liderada por la ministra Mercedes Aráoz Fernández que, dicho sea de paso, vivió todo el proceso, en un primer momento como negociadora y hoy como titular de la cartera: noches de insomnio, tardes de correrías, eternos faxes, correos, tipeos...

Todo ello junto a personas de la función pública como Álvaro Barnechea, Martín Higa, Susana Samaniego, Carlos Vega, Yecenia Ramón, María del Villar, Cynthia Espinoza, César Campos, Liliana Lizárraga, Elizabeth Poma y Gastón Otero. A todos ellos nuestro agradecimiento y a continuar en la labor diaria, porque muchos de nosotros todavía seguimos en el campo de batalla.
Director de la Oficina de Comunicaciones y Protocolo MINCETUR

domingo, 2 de diciembre de 2007

La Interdicción Judicial

En los últimos días se ha venido tratando en diferentes medios sobre la interdicción, por lo cual mediante el presente artículo desarrollaremos muy sucintamente este tema controvertido. La interdicción judicial, es la privación de la capacidad de ejercicio de una persona, que ha sido sometido a un proceso judicial de forma previa.

Mediante la interdicción judicial, lo que se busca es ponerle límites a las facultades con las que cuentan los seres humanos, una vez adquirida la mayoría de edad. Tal como lo establece el artículo 581º: "La demanda de interdicción procede en los casos previstos pro los incisos 2) y 3) del artículo 43º y 2) a 7) del artículo 44º del Código Civil."

A. CASOS EN QUE PROCEDE


1. Los que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento que viene a ser la ineptitud para percibir o distinguir las diferencias en relación a aquello que guarda conformidad con nuestra conveniencia o sentido moral, lo que se determina con un examen psicológico y de comprensión. Realizado por un perito médico.

2. Los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable, la voluntad cuenta con tres momentos: el discernimiento, la intención y la libertad. El primero, fue explicado en el párrafo precedente. El segundo, es el querer hacer algo después de haber discernido. El tercero, es el no estar presionado para que puedas manifestar tu voluntad.

3. Los retardados mentales, es poseer un coeficiente intelectual inferior a 69 puntos y se mide con pruebas reconocidas. No es una enfermedad sino un defecto que se puede deber a múltiples causas. Quien tiene retardo mental no elabora correctamente su pensamiento y, por tanto, puede no tener el grado de formulación y expresión de voluntad que el derecho considera adecuado para actuar por si mismo."

4. Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad, viene a ser el detrimento o menoscabo, de las facultades mentales, se realice de manera consecutiva y sucesiva, es el no poder ejercer sus derechos de forma útil, eficiente y adecuada, para que, así, gobierne su vida de forma normal, donde encontramos dos características: Deterioro mental normal, que se produce por el avance de la edad adulta y que se inicia aproximadamente a partir de los veinticuatro años. Deterioro mental patológico, que se produce por afección orgánica y que tiene la característica de no ser reversible. El caso más conocido es el de la arterioesclerosis en la tercera edad.

5. Los pródigos, puede ser declarado pródigo el que teniendo cónyuge o herederos forzosos dilapida bienes que exceden de su porción disponible. La libre disposición de los bienes está regulado de acuerdo a la descendencia o no, con la que cuenta.

6. Los que incurren en mala gestión, debe determinarse si es que el sujeto demandado ha perdido más de la mitad de sus bienes. Si tiene cónyuge o heredero forzoso. Debe quedar claro fehacientemente que la pérdida ha sido producto de la mala gestión.

7. Los ebrios habituales, donde la persona se pierde sus facultades psicomotrices o no puede gobernar su vida, esta situación produce con mucha frecuencia "psicosis paranoide, delirium, alucinosis, sicosis con perdida de discernimiento".

8. Los toxicómanos, viene a ser el drogadicto, que tiene que seguir consumiendo droga. La toxicomanía genera tres efectos: Dependencia, de naturaleza psíquica. Habituación, de naturaleza biológica. Síndrome de abstinencia o privacidad, cuando se suprime la droga. Se ha establecido determinadas reglas comunes, al momento de nombrar curador a los ebrios habituales y a los toxicómanos.

B. LA DEMANDA DE INTERDICCIÓN

Una demanda de interdicción deberá reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia que se exigen para toda acción civil, siendo los artículos 130º, 424º, 425º y 582º del Código Procesal Civil.

Además de los anexos se acompaña: Si se trata de pródigos y de los que incurren en mala gestión: el ofrecimiento de no menos de tres testigos y los documentos que acrediten los hechos que se invocan. En los demás casos: la certificación médica sobre el estado del presunto interdicto, la que se entiende expedida bajo juramento o promesa de veracidad, debiendo ser ratificada en la audiencia respectiva.

Para que estén sujetos a curatela, lo que implica la previa declaración de interdicción, los incapaces se requiere: Que no puedan dirigir sus negocios; que no puedan prescindir de cuidados y socorros permanentes, o; que amenacen la seguridad ajena.

En lo que concierne al pródigo, para que una persona pueda ser declarada como tal es preciso: Que tenga cónyuge o herederos forzosos; y, que dilapide bienes que excedan su porción disponible.

En lo que toca a los que incurren en mala gestión, que para que un sujeto pueda ser declarado incapaz, es necesario: Tener cónyuge o herederos forzosos; y que haya perdido más de la mitad de sus bienes por mala gestión (la misma que será apreciada prudentemente por el Juez, art. 585º -in fine- del C.C.).

C. CARACTERÍSTICAS

1. La denominación corresponde al tipo de proceso donde se debaten diferentes grados o causales de incapacidad; tramitada en la vía sumarísima.

2. Está vinculado a la privación necesaria de la capacidad para atender a sus propios intereses.

3. Es un acto judicial que modifica el estado civil de una persona, sometiéndola a una especial tutela, que exige el proceso respectivo, siendo necesario para tal declaración, la prueba de la existencia de tal incapacidad.

4. Es un remedio para restringir la capacidad de ciertas personas, para evitar que los actos que realicen les puedan perjudicar patrimonialmente a ellas o a su familia.

D. EFECTOS

1. Los representantes legales de los incapaces ejercen los derechos civiles de éstos, según las normas referentes a la patria potestad, tutela y curatela.

2. El acto jurídico es nulo cuando se haya practicado por persona absolutamente incapaz.

3. El acto jurídico es anulable por incapacidad relativa del agente.

4. Uno de los cónyuges asume la dirección y representación de la sociedad conyugal si el otro está impedido por interdicción u otra causa.

5. La patria potestad se suspende por interdicción del padre o de la madre originada en causal de naturaleza civil.

6. Están sujetas a curatela las personas que adolecen de incapacidad absoluta, los que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento; y de los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable, y que adolecen de incapacidad relativa que son los retardados mentales; los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad; los pródigos; los que incurren en mala gestión; los ebrios habituales; los toxicómano; y los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil).

7. El juez, al declarar la interdicción del incapaz, fija la extensión y límites de la curatela según el grado de incapacidad de aquel.

8. El pródigo, el mal gestor, el ebrio natural y el toxicómano no pueden litigar ni practicar actos que no sena de mera administración de su patrimonio, sin asentamiento especial del curador. El juez, al instituir la curatela, puede limitar también la capacidad del interdicto en cuento a determinados actos de administración.

9. Los actos anteriores a la interdicción pueden ser anulados si la causa de ésta existía notoriamente en la época en que se realizaron.

10. Los actos del pródigo y del mal gestor no pueden ser impugnados por esta causa. Los del ebrio habitual y del toxicómano pueden serlo si la causa de la incapacidad hubiese sido notoria.

11. No pueden ser desheredados los incapaces menores de edad, ni los mayores que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento. Estas personas tampoco pueden ser excluidas de la herencia por indignidad.

Julio César Castiglioni Ghiglino
Miembro del Estudio Castiglioni Ghiglino & Abogados