jueves, 27 de diciembre de 2007

Balance de un Año de Gestión de los Gobiernos Locales

El Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones.

El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales.

El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración.

Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.

Los gobiernos locales son instancias de gobierno que buscan la promoción y el desarrollo dentro de su jurisdicción y en aplicación de sus atribuciones y competencias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, dentro de las atribuciones del Concejo Municipal está la de aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos; aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley; aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional, es decir, todo el manejo de la ciudad.

A través de esta columna, iniciamos este año a formular críticas contra las malas prácticas que se desarrollaban por parte de los Concejos Municipales o por el Despacho de Alcaldía, en igual sentido, sobre los procesos de selección que se llevan a cabo, teniendo como resultado una catastrófica experiencia donde el propio Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableció que en casi todos los casos, los procesos habían sido mal llevados, por intereses personales o por desconocimiento de la norma y, por otro lado, estos se da por la ausencia de la ciudadanía mediante la participación ciudadana, los planes de desarrollo concertados, el presupuesto participativo son nulos.

En muchos casos no hacen proceso de selección, licitación pública, concurso público, adjudicación directa o de menor cuantía, y compran bienes directamente cuando por el monto necesita un proceso, en otros casos hacen proceso de selección pero no cumplen con la publicación, las bases son malas copiadas de Internet, están amañadas, ponen mayor puntaje al postor que va a ganar alegando alguna característica especial, no realizan la publicación del proceso en el SNIP ni el SEACE, otorgan la buena pro a empresas recién constituidas que tienen un capital de cinco mil soles o un poco más y las obras que van a realizar superan el millón de soles, no existen perfiles, expediente técnico, supervisor de obra, ingeniero residente, hay falsos ingenieros, sin título y que en otros casos están inhábiles en sus colegios profesionales y no pueden ejercer la profesión, no otorgan la garantía de fiel cumplimiento y ni siquiera existe la recepción de obra, existen empresas fantasmas que no figuran en la SUNAT ni en el Registro de Proveedores del CONSUCODE, es decir, estafan a los gobiernos locales con la anuencia cómplice de sus autoridades.

Tienen por costumbre declarar en desabastecimiento eminente a estas alturas o para el siguiente ejercicio presupuestal en la compra de bienes o servicios, es una vergüenza, porque son autoridades que están en el cargo un año, en consecuencia, debían de haber convocado el proceso de selección una vez aprobado el presupuesto y su plan anual de contrataciones y adquisiciones, acepto que una gestión nueva que cuando ingresa a la función ve que no tiene servicios, entonces declarar por acuerdo de concejo en desabastecimiento inminente, es justificable por excepción y en tanto se lleva a cabo el proceso, pero una gestión que va para su segundo periodo no puede hacer eso, lo que significa que hay un claro aprovechamiento del cargo.

Llegamos a este análisis desastroso, no con el ánimo de destruir los gobiernos locales, muy por el contrario somos fervientes defensores de su fortalecimiento como sociedades intermedias para el desarrollo y el progreso de los pueblos y defendemos su autonomía e institucionalidad; sin embargo, formulamos críticas a las cosas que a nuestro juicio se vienen haciendo mal para que se corrijan y en el futuro no se cometan los mismos errores, toda vez que la ciudadanía viene perdiendo la confianza y credibilidad en sus autoridades elegidas por voluntad popular.

Esperemos que el próximo año podamos decir que el balance de la gestión de los gobiernos locales en su gran mayoría es positivo, y que sus metas se han cumplido, lo cual beneficiará a los sectores más necesitados y por ende impulsará el crecimiento de nuestra sociedad dentro del principio de subsidiaridad.
Julio César Castiglioni Ghiglino